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Calendario estimado de implantación del proyecto Solvencia II

Publicado el 5/08/14 8:00

La implantación de la directiva Solvencia II, llevada a cabo bajo las directrices y la supervisión de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones se ejecuta, de un modo paralelo, en todos los países de la Unión Europea siguiendo los dictámenes del Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Consejo de Europa.

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Estos tres entes comunitarios, junto al ente encargado de la supervisión de su implantación a escala europea, el EIOPA (European Insurance and Occupational Pensions Authority) aprobaron, durante el periodo de desarrollo de los principios de la directiva, tres niveles de implantación gradual de la misma que debería culminar en 2013:

Nivel 1: desarrollo de los principios de la directiva (2002-2007).

Nivel 2: promulgación de los detalles de la aplicación mediante decretos (2007-2011).

Nivel 3: implementación y supervisión (2011-2013).

La aprobación de Solvencia II (Normativa sobre el seguro de vida, el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio) se produjo, por parte del Parlamento Europeo y el Consejo de Europa, en 2009, y su calendario de implementación y adaptación ha sufrido desde entonces algunas variaciones, que han postergado la plena implantación de Solvencia II hasta 2016.

Así, en abril de 2012 se aprobó el Reglamento de Solvencia II y, finalmente, en enero de 2013 entró en vigor la nueva directiva, permitiendo un período de implantación y adecuación que, según lo dictaminado por el Parlamento Europeo en marzo de 2014, se prolongará hasta el 1 de enero de 2016, fecha a partir de la cual el régimen que establece será plenamente aplicable, con carácter obligatorio en toda la Eurozona.

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Regulaciones y medidas temporales de adaptación a Solvencia II 

El 29 de abril de 2014, el Boletín Oficial del Estado publicaba una serie de medidas temporales de adaptación a Solvencia II, incluidas en la Orden ECC/730/2014. Este paquete de medidas pretende facilitar la adaptación gradual de las compañías de seguros y reaseguros a las exigencias de la nueva directiva, en consonancia con las pautas emitidas por la EIOPA, el 31 de octubre de 2013, que indicaban el modo de proceder durante la etapa preparatoria anterior a la plena aplicación de Solvencia II. La Orden ECC/730/2014 posee carácter retroactivo, considerando la aplicación de sus desde el 1 de enero de 2104.

A nivel europeo, la publicación de las distintas regulaciones y directivas que han visto o verán la luz próximamente, orientadas a apoyar la implantación y la adaptación a Solvencia II, responde al siguiente calendario:

1 de enero de 2014: implantación parcial de Solvencia II (Pilar II, FLAOR Forward Looking Assessment of Own Risksy regulaciones del gobierno corporativo).

Marzo de 2014: aprobación de la Directiva Ómnibus II y publicación de medidas de implantación del nivel II. La Directiva Ómnibus II, aprobada finalmente el 11 de marzo por el Parlamento Europeo, entre otras medidas otorga un mayor poder a EIOPA para supervisar la correcta implantación y cumplimiento de las nuevas regulaciones, y la capacita para estudiar casos concretos y dictaminar, si así lo considera oportuno, excepciones puntuales. Ómnibus II también fija la nueva fecha para la plena entrada en vigor de Solvencia II: 1 de enero de 2016.

Marzo de 2015: transposición de Solvencia II y trámite de las medidas de implantación del nivel III.

Enero de 2016: plena implantación y entrada en vigor, con carácter obligatorio y en toda la Eurozona, de Solvencia II.

Lógicamente, cumplir con los requisitos que imponen las distintas normas y regulaciones, españolas y europeas, relacionadas con la implantación de Solvencia II obliga a las compañías aseguradoras a hacer frente a nuevos retos que, consigo, también llevan asociadas grandes oportunidades de negocio.

Uno de estos grandes retos es adoptar un modelo global de gestión de datos para cumplir con los requisitos de auditoría, gestión y transparencia establecidos por la nueva directiva, a lo que productos como el software Solvencia II de IBM pueden contribuir a dar una respuesta completamente satisfactoria.

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