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Exigencias de Solvencia II: de la gobernanza a la gestión del riesgo

Publicado el 2/06/14 18:00

Solvencia II es una Directiva Europea orientada a regular las actividades del seguro y reaseguro, homogeneizando el panorama legislativo europeo. En enero de 2016 los contenidos de esta norma se harán efectivos en cada ordenamiento legal nacional y todas las empresas de este sector quedarán obligadas a sus requisitos cuantitativos, cualitativos y de disciplina de mercado.

Hoy, cuando aún falta más de un año de plazo para terminar de prepararse para la nueva realidad en el sector de los seguros, las empresas del ramo terminan de ultimar los cambios. Un proceso que iniciaron hace varios ejercicios pero que ha requerido de todo este tiempo para procurar una buna adaptación a las nuevas exigencias de Solvencia II.

 

Solvencia II y la gestión del riesgo

Garantizar una gestión del riesgo efectiva y ganar en precisión en esta materia es uno de los puntos culminantes del articulado de Solvencia II. Para alcanzar el nivel exigido por la Directiva, la gestión del riesgo que aseguradoras y reaseguradoras lleven a cabo ha de cubrir las siguientes áreas:

  •  Aseguramiento y reservas.

    Solvencia II
    Créditos fotográficos: SolvencyIIWire
  •  Gestión del riesgo operacional.

  •  Evaluación de las inversiones.

  •  Gestión de los activos y pasivos

  • Reaseguro y técnicas de reducción de riesgo.


Pudiendo emplear para ello los diferentes mecanismos de gestión del riesgo, entre los que destacan:
  •  Evaluación de riesgos, considerando tanto los actuales como los susceptibles de presentarse en el futuro.

  • Recalibrado de los modelos internos.

  • Autoevaluación de la solvencia, en función de los resultados obtenidos en la evaluación de riesgos.

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El sistema de gobernanza que plantea Solvencia II

Pese al desafío que impone la nueva gestión del riesgo que propone Solvencia II, no se trata del reto más importante. Para estar a la altura de las exigencias de la Directiva, las empresas del sector también tendrán que llevar a cabo acciones encaminadas a garantizar la adecuación de su sistema de gobernanza. Entre los puntos más destacados se encuentran tres:

  •  Auditorías internas: que no habrán de verse influenciada en ningún caso por el órgano de administración, deben llevarse a cabo de acuerdo a un plan preestablecido y asumirán un enfoque basado en el riesgo al decidir sus prioridades. El alcance de las políticas de auditoría interna viene determinado por los artículos 41 y 47 de Solvencia II.

  •  Función actuarial: se fundamenta en dos principios, debe garantizar que la empresa tiene capacidad para enfrentarse a posibles conflictos de intereses que pudiesen surgir; y ha de valorar la coherencia de los datos, tanto internos como de procedencia externa, que se hayan empleado para calcular las provisiones técnicas en relación con las normas de calidad de datos indicadas en la Directiva.

  •  Control interno: del que debe constatarse su importancia y que ha de ser aplicado en todo el grupo. Deben establecerse para ello los sistemas y mecanismos que se consideren oportunos, complementándolos siempre por un sistema de notificaciones, que proporcione información relevante para la toma de decisiones a los órganos de administración, de dirección y de control.

 

Las principales exigencias de Solvencia II para las empresas del sector seguros

Nueva llamada a la acción

La única forma de responder a las exigencias que sustentan los tres pilares sobre los que se estructura la Directiva (exigencia de recursos propios, procesos de supervisión y trasparencia y divulgación, también conocidos como requisitos cuantitativos, cualitativos y disciplina de mercado) es prepararse para acatar nuevos cometidos en cuanto a:

  •  Gobernanza: implica instaurar un sistema eficaz que haga posible llevar a cabo una gestión sana desarrollada en un ámbito de prudencia.

  •  Gestión de riesgos: global y en detalle, que comprenda el presente y se extienda hacia el futuro, que incluya la propia empresa y sus interdependencias, y que, basándose en el seguimiento y monitorización periódicos, consiga proporcionar la información necesaria para medir y controlar la realidad, ejerciendo acciones correctoras cuando se notifique la existencia de desviaciones.

  •  Obligación de informar: desde la transparencia y permitiendo las función supervisora que las Autoridades pondrán en práctica para evaluar el sistema de gobernanza y modelos adoptados, su efectividad y su calidad.

La clave del éxito se desprende del propio texto de la Directiva, donde una lectura transversal deja entrever que las claves para el éxito en la transición hacia la nueva realidad que llega de la mando de Solvencia II son:

  •  Coherencia.

  •  Preparación previa.

  •  Requisito de prudencia.

 

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