¿Es cierto que muchos países ya están pensando en la revisión de Solvencia II? ¿Se aplican los preceptos de la norma de forma uniforme en toda Europa? ¿Pueden surgir problemas de competencia en la industria del seguro? ¿Cómo se verá impactado el marco de la inversión a largo plazo?
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3.200 páginas de texto, un planteamiento de metas muy bien planificado y orientado a fomentar la adecuada gestión del riesgo y la transparencia, el fin último de lograr aumentar la confianza de los consumidores en la compra de seguros y, sin embargo, la norma, que especifica la cantidad de capital que debe tener una compañía de seguros y cuya aplicación se ha estado preparando a conciencia durante meses, es fuente continua de preocupación para el sector. ¿Por qué continúa la incertidumbre?
¿Para cuándo una revisión de Solvencia II?
A pesar de que Solvencia II lleva pocos meses en marcha, sin contar toda la etapa previa de preparación, cada vez son más las empresas que elevan sus preocupaciones a nivel de gobierno, tratando de solicitar que se practique una revisión para identificar los principales problemas de la aplicación práctica de la nueva legislación y sus posibles soluciones.
No obstante, este proceso ya estaba previsto por EIOPIA, que ha planificado que, a partir de este mismo año, AESPJ inicie la recogida de pruebas y testimonios en relación con la aplicación de Solvencia II, en espera de una revisión de los requerimientos de capital en 2018.
Toda la información recabada se someterá al asesoramiento por parte de la Comisión Europea en 2018 con objeto de que, en base a la experiencia adquirida en los dos primeros años de la aplicación de Solvencia II y a la vista de los datos, sea posible proponer la introducción de nuevas simplificaciones cuando sea apropiado.
No obstante, como la norma Solvencia II ha entrado en vigor hace relativamente poco tiempo, sólo se ha dispuesto de un periodo muy limitado para comprobar el régimen de funcionamiento en la práctica, por lo que todavía no se tiene evidencia concreta sobre su impacto global. A pesar de ello, existe una inquietud acerca de aspectos como:
- La inversión que se ha realizado para adecuarse al nuevo régimen, cuyos frutos aún no se terminan de percibir.
- La falta de proporcionalidad en relación con determinados productos, como las anualidades.
- La multiplicidad de las métricas de Solvencia II.
- La inminencia de la llegada de una nueva ola de modelos internos.
El panorama europeo tras la aplicación de Solvencia II
Solvencia II garantiza un marco armonizado para el seguro que beneficiará tanto a los consumidores como a las empresas del sector. Su punto fuerte es la protección de la estabilidad financiera, en base a un reporting sincronizado y a la función de supervisión, que facilitará la tarea de:
- Comparar las compañías y su evolución.
- Analizar mejor y de forma más precisa los riesgos reales y los potenciales.
- Evaluar la vulnerabilidad del mercado europeo de seguros en su conjunto.
Este mes de abril se producirá la entrega de los primeros informes tras la aplicación práctica de Solvencia II, cuya revelación pública tendrá lugar un mes después, ya en mayo.
Pese a todo, las compañías del sector son conscientes de que una aplicación inconsistente socavaría el principio del mercado único europeo, por lo que, esperar hasta la revisión del 2018 podría ser demasiado tarde si los primeros resultados del reporting confirman los miedos de aseguradoras y reaseguradoras.
Por ejemplo, en el cálculo de los pasivos a largo plazo de las aseguradoras, esta falta de consistencia que se intuye puede tener consecuencias fatales. Y es que, aunque Solvencia II ayuda a que la valoración de la balanza de seguro se realice en estas condiciones, las diferencias permanecen en la forma de obtener las curvas de descuento, así como en su aplicación. La causa no es otra que la participación de distintas monedas y distintos mercados nacionales, que pueden conducir a grandes diferencias en las posiciones de solvencia de las empresas, dependiendo del lugar donde se encuentren dentro de la UE.
Se necesitan un seguimiento y acompañado de un proceso de revisión consistente que asegure que Solvencia II está aplicando de manera uniforme en toda Europa. Si estos medios de supervisión y control pusieran de manifiesto la pérdida de alineación con los objetivos de normalización, sería preciso dictar las reglas o directrices necesarias para lograr la armonización efectiva en el menor plazo posible.
Solvencia II y la competitividad
La cuestión de la competitividad, que preocupa a empresas del sector, queda muy clara a los representantes de EIOPIA, que aseguran que Solvencia II se ha convertido en un catalizador que contribuye a propiciar la evolución de la industria hacia una regulación y supervisión basadas en el riesgo en países de todo el mundo. México, China, Australia o Israel son sólo algunos ejemplos de ello.
Por otra parte, Solvencia II incluye las denominadas "disposiciones de equivalencia" con respecto a los países no comunitarios, un sistema que resulta mutuamente beneficioso para las aseguradoras, tanto procedentes de países europeos, como de terceros. De esta forma, las empresas del sector con ámbito de aplicación en terceros países en las que la solvencia y régimen prudencial se considere equivalente a los requisitos impuestos por Solvencia II, quedarían relevadas de la duplicación innecesaria de los trámites de adaptación a la regulación.
Sin embargo, muchos estados muestran cierto escepticismo en relación con:
- Las mayores exigencias de capital en virtud de Solvencia II.
- La convergencia de los tipos forward.
- El tratamiento de los bonos del Estado.
- La complejidad que entrañan las inversiones en el patrimonio de infraestructura, tras la aplicación de la norma.
- La volatilidad del margen de riesgo, que podría conducir a un comportamiento pro-cíclico de inversión de las aseguradoras.
- La relajación cuantitativa que se ha echado a perder, afectando a la inversión en nuevos activos.