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Diferencias entre Solvencia II Directiva y Solvencia I

Publicado el 22/07/14 8:00

Muchos son los cambios que, para compañías aseguradoras y empresas del sector seguros, asegurados y Estados Miembros implica la entrada en vigor de Solvencia II Directiva. Se hace necesario ganar perspectiva, comparando con el régimen establecido por Solvencia I.

Para llevar un control de los activos y los pasivos, Solvencia II empleará principios económicos inspirados en la normativa Basilea II, de aplicación en el sector bancario. Los requisitos de capital dependerán de la medición del riesgo, ganando en consistencia. Así, mientras que la Directiva Solvencia I tenía como objetivo último llevar a cabo una revisión del régimen de solvencia de la UE y actualizarlo, Solvencia II tiene un alcance mucho más amplio.

 

solvencia ii directiva
Créditos fotográficos: "Difference" by Carlos Porto

 

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Solvencia II: directiva europea de supervisión y solvencia

Desde que en noviembre de 2003 la Comisión Europea instituyera un comité permanente para estudiar y redactar una nueva propuesta de regulación del sector de los seguros y reaseguros, las compañías aseguradoras han asistido a una transformación paulatina pero firme y constante del contexto normativo en el que se venía desarrollando tradicionalmente su actividad empresarial y de negocios, desde que en 1973 se introdujo Solvencia I Directiva (el primer paso hacia una regulación comunitaria de la gestión del riesgo en el sector). Tras sucesivas prórrogas y períodos de adaptación, la fecha establecida para la plena entrada en vigor de Solvencia II (o Directiva 2009/138/EC), quedó fijada definitivamente para el 1 de enero de 2016 por la directiva complementaria Omnibus II, del 11 de marzo de 2014.

 

DirectivaSolvenciaII

 

Las críticas del sector a la Directiva Solvencia II

Como decíamos, el período de adaptación previsto inicialmente se ha visto repetidamente dilatado, debido principalmente a las peticiones de los Estados Miembros y los representantes del sector de seguros y reaseguros. Un sector que aún hoy, a escasos meses de la completa entrada en vigor de la nueva Directiva, sigue mostrándose crítico respecto a los beneficios que se esperan de su implantación, temiendo que la contribución de las compañías aseguradoras y reaseguradoras a la economía europea se vea seriamente afectada.

Los principales argumentos esgrimidos para poner en tela de juicio la conveniencia de la nueva normativa (o de algunos de sus aspectos) son, en primer lugar, que el esfuerzo económico destinado a la adaptación a Solvencia II se prevé cercano a los 4 mil millones de euros (según estimaciones de la Comisión Europea), y en segundo lugar que las exigencias de capital que impone la nueva directiva puede, según fuentes del sector, desmotivar las inversiones.

Por contra, la misma CE responde a la primera de estas razones alegando que cualquier sector debe estar sujeto a regulaciones que garanticen la máxima seguridad y solvencia en sus operaciones financieras —más aún el de los seguros y reaseguros, ante el cual los usuarios son especialmente vulnerables—, y que la cifra calculada no supone más que una pequeña inversión en aras de modernizar un sector que maneja primas superiores al billón de euros anual.

En lo referente al incentivo para las inversiones a largo plazo, la Comisión Europea mantiene el optimismo, asegurando que motivará inversiones a largo plazo de mayor seguridad y calidad, además de reportar grandes beneficios a compañías y consumidores: las primeras, porque tendrán la oportunidad única de modernizarse y mejorar su competitividad; los segundos, porque disfrutarán de un mercado más competitivo (con mejores precios), más regulado y con mayor transparencia.

Sea como sea, parece que no hay vuelta atrás: en pocos meses, Solvencia II tendrá plena vigencia, y los Estados Miembro se afanan por ultimar los preparativos para acoger su llegada, ya inminente.

SolvenciaIIDirectiva

Las diferencias más importantes ente Solvencia II Directiva y Solvencia I

 

 

SOLVENCIA I DIRECTIVA

SOLVENCIA II DIRECTIVA

Principios

1. Definición de las reglas de cálculo de las provisiones técnicas en un ámbito de prudencia.

2. Definición de los activos, que funcionan como garantía de las provisiones técnicas.

3. Cálculo del margen de solvencia y el fondo de garantía.

Los principios de aplicación de Solvencia II Directiva se basa en 3 pilares:

1. Exigencia de recursos financieros propios (requisitos cuantitativos).

2. Sumisión a procesos de supervisión (requerimientos cualitativos).

3. Disciplina de mercado (información y transparencia).

Objetivos

- Busca una unificación normativa entre Estados.

- Intenta potenciar el crecimiento del sector y dar un paso adelante.

- Lograr una mayor especialización de las entidades aseguradoras.

- Trata de reforzar las garantías.

- Incentivar a las entidades supervisadas a medir y gestionar sus riesgos adecuadamente.

- Contribuir a una industria de seguros mejor gestionada y más competitiva.

- Alentar a un mercado único europeo de los servicios financieros.

- Proporcionar un mayor nivel de confianza hacia los asegurados.

- Solvencia II Directiva busca fomentar la disciplina de mercado.

Implicaciones

- Mayores exigencias de carácter cuantitativo.

- Sujeción a un sistema de actualización periódica.

- Aplicación de una supervisión más efectiva y más derechos de intervención.

- Exigencias de solvencia sólo extensibles a riesgos de seguro.

 

- Visión global y única.

- Mayor calidad en los procesos.

- Independencia de funciones.

- Sujeción a un sistema de supervisión.

- Definición de atribuciones y facultades.

- Exigencias de solvencia para riesgos de seguro, de rédito, operativo y también de mercado.

- Necesidad de actualización.

- Obligatoriedad de implementación de los modelos.

- Cumplimiento de los requisitos de transparencia y publicidad.

Puntos fuertes

- Modelo sólido.

- Sencillo de aplicar.

- Implica un bajo coste.

- Facilita el seguimiento y control.

Además, destacan:

- La prudencia en la aplicación de fórmulas para calcular las provisiones técnicas.

- La limitación de activos.

- El modo de proceder al cálculo del margen de solvencia, en función de porcentajes de provisiones, siniestros y primas.

- Estructura fácil de comprender.

- Garantiza la estabilidad financiera.

- Protege los intereses de los asegurados.

- Aumenta las barreras de seguridad.

- Se basa en principios sólidos.

- Su aplicación es uniforme.

 

Inconvenientes

- No tiene en cuenta el futuro de las aseguradoras y su evolución.

- Pesa su carácter estático.

- No busca la homogeneidad normativa entre Estados Miembros.

- Sobrestima los recursos financieros implicados en la mayoría de los casos.

- Ignora el impacto del perfil de riesgo sobre el nivel de capital exigido.

- Excluye la gestión del riesgo interna de su ámbito de aplicación.

- La implementación de los estándares de Solvencia II Directiva requiere de una gran preparación.

- Implica una inversión.

- Se aplica a todas las compañías por igual, sin tomar en consideración las características intrínsecas a cada una.

- Aumento en el control a las aseguradoras.

- Necesidad de involucrar a todos los niveles, áreas y departamentos de la compañía.

 

Los retos que plantea Solvencia II Directiva al mercado de los seguros y reaseguros no son pocos, ni tampoco son escasas las diferencias que mantiene respecto a su antecesora, la Directiva Solvencia I. Sin embargo, estos mismos retos representan, a su vez, grandes oportunidades de afianzamiento, crecimiento y expansión para el sector, gracias a una normativa que hará que las compañías aseguradoras mejoren su competitividad y den un paso al frente en lo que a transparencia, seguridad y modernización se refiere.

Para profundizar en estas y otras cuestiones, la guía Los 3 pilares de Solvencia II: Risk analytics, Risk governance y Risk reporting (disponible de forma completamente gratuita) puede ser un recurso de gran utilidad para el lector, permitiéndole descubrir los aspectos más relevantes de la nueva Directiva, los cambios que propiciará en el sector de los seguros y reaseguros en el espacio común europeo y, por supuesto, las ventajas y los beneficios que reportará tanto a las compañías aseguradoras como a sus clientes y usuarios.

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